METODOS DE PUESTA A TIERRA

METODOS DE PUESTA A TIERRA 
Art.59 
Objetivo. El objetivo de éste capítulo es proporcionar métodos prácticos de puesta a tierra, para usarlos en lugares donde la conexión a tierra es requerida como uno de los medios para salvaguardar al público y los operarios del daño que pudiera causar el potencial eléctrico. Este capítulo solamente se refiere a los métodos para conectar a tierra los conductores y el equipo de las líneas eléctricas, los requisitos que establecen en qué casos estos elementos deberán estar conectados a tierra, se encuentran en otros capítulos (TITULO II, CAPITULOS I,II,III y VI) de estas Normas.
 Art.60 Punto de Conexión del conductor de puesta a tierra. 
60.1. Sistemas de corriente alterna: A) Hasta 750 V. La Puesta a tierra de un sistema trifásico conexión estrella de 4 hilos, o de un sistema monofásico de 3 hilos, deberá hacerse al conductor neutro.
 En otros sistemas de una, dos o tres fases, asociados con circuitos de alumbrado, la Puesta a tierra deberá hacerse al conductor común asociado con los circuitos de alumbrado. La Puesta a tierra deberá hacerse en la fuente de alimentación y en el lado de la carga de todo equipo de servicio. Como se ilustra en el Anexo I, figura No.15 B) Más de 750 V Conductor sin pantalla (ya sea desnudo, forrado o aislado sin pantalla) la Puesta a tierra deberá hacerse al neutro, en la fuente de alimentación. Si se desea conexiones adicionales a lo largo de la trayectoria del neutro, se puede hacer cuando éste sea uno de los conductores del sistema. C) Conductor de puesta a tierra separado. Si se usa un conductor de puesta a tierra separado, añadido a un cable subterráneo, deberá ser conectado en el transformador de alimentación y en los accesorios del cable cuando se requiera que estos vayan conectados a tierra. Este conductor deberá estar colocado en el mismo conducto que los conductores del circuito.

60.2. Cable mensajero y retenidas: A) Cable mensajero: Los cables mensajeros deberán conectarse a los conductores de puesta a tierra en los postes o torres, a los intervalos máximos indicados a continuación. 1) Cuando el cable mensajero es adecuado para conductor de puesta a tierra del sistema, (véase Art. 31 numeral 31.1) cuatro (4) conexiones como mínimo, en cada 1.6 Km de línea, sin incluir las tierras en los servicios a usuarios. 2) Cuando el cable mensajero no es adecuado para conductor de puesta a tierra del sistema, 8 conexiones como mínimo en cada 1.6 Km de línea, sin incluir las tierras en los servicios a usuarios. B) Retenidas. Las retenidas que requieran estar conectadas a tierra deberán conectarse a: 1) Estructuras de acero puestas a tierra, o a una conexión efectiva a tierra en postes de madera o concreto. 2) Un conductor de línea (neutro) que tenga cuando menos una puesta a tierra en cada 400 m, además de las conexiones a tierra en los circuitos a usuarios.

60.3. Puesta a tierra de cercas metálicas: Toda cerca metálica que se cruce con líneas de suministro eléctrico deberá conectarse a tierra, a uno y otro lado del cruce, a una distancia sobre el 57 eje de la cerca y no mayor a 45 m. En caso de existir una o más puertas o cualquier otra condición que interrumpa la continuidad de la cerca, ésta deberá aterrizarse en el extremo más cercano al cruce con la línea.

Art. 61. Conductor de puesta a tierra y medios de conexión. 

61.1. Composición de los conductores de puesta a tierra: En todos los casos, los conductores de puesta a tierra deberán ser de cobre u otros metales o aleaciones que minimicen la corrosión durante su vida útil prevista. De ser posible, no deberán tener empalmes. si los empalmes son inevitables, deberán estar fabricados y conformados de tal forma que no se incremente notablemente la resistencia del conductor y también deberán tener adecuadas características mecánicas y de resistencia a la corrosión. La estructura metálica de un edificio o de otra construcción, puede servir como conductor de puesta a tierra y como un aceptable electrodo a tierra. 

61.2. Desconexión del conductor de puesta a tierra: En ningún caso deberá insertarse un dispositivo de desconexión en el conductor de puesta a tierra.

 61.3. Medios de conexión: La conexión del conductor de puesta a tierra y los diferentes elementos a que está unido, deberá hacerse por medios que igualen las características del propio conductor y que sean adecuadas para la exposición ambiental. Estos medios incluyen soldaduras y conectadores mecánicos o de compresión.

 61.4. Capacidad de corriente y resistencia mecánica: A) Para sistemas conectados a tierra en un solo punto. El conductor de puesta a tierra para un sistema conectado a tierra en un solo punto por medio de un electrodo o grupo de electrodos deberá tener una capacidad de corriente de corto tiempo adecuada para la corriente de falla, que puede circular por el propio conductor durante el tiempo de operación del dispositivo de protección del sistema. 
Si este valor no puede ser fácilmente determinado, la capacidad de corriente permanente del conductor de puesta a tierra no deberá ser menor que la corriente a plena carga del transformador u otra fuente de alimentación. B) Para sistemas de corriente alterna con múltiples conexiones a tierra. El conductor de puesta a tierra para un sistema de corriente alterna con tierras en más de un lugar, excluyendo las tierras en los servicios a usuarios, deberá tener una capacidad de corriente continua en cada localización, cuando menos igual a un quinto de la capacidad de los conductores del sistema al que esté unido. C) Para Pararrayos. El conductor de puesta a tierra deberá tener una adecuada capacidad de corriente de corto tiempo bajo las condiciones de corriente excesiva causada por una onda.
En ningún caso, el conductor de puesta a tierra de un pararrayos individual debe ser de sección transversal menor de 13.30 mm2 (No. 6 AWG) de cobre ó 21.15 mm2 (No. 4 AWG) de Aluminio. D) Para equipo, mensajeros y retenidas.
El conductor de puesta a tierra para equipo, canalizaciones, mensajeros, retenidas, cubiertas metálicas de cables y otras envolventes metálicas de conductores, deberá tener la capacidad de corriente de corto tiempo adecuada para la corriente de falla disponible y el tiempo de operación del dispositivo de protección del sistema. 
Si no se provee protección contra sobre corriente o falla, la capacidad de corriente del conductor de puesta a tierra deberá determinarse con base en las condiciones de diseño y operación del circuito, pero no deberá ser de área de sección transversal menor de 8.37 mm2 (No. 8 AWG) de cobre. 58 E) Límite de la capacidad de corriente: 
El conductor de puesta a tierra no necesita tener mayor capacidad de corriente que cualquiera de las siguientes: 1) La de los conductores de fase que suministrarían la corriente de falla a tierra. 2) La corriente máxima que puede circular por el conductor, hacia el electrodo a que esté unido. Para un conductor simple de puesta a tierra, ésta corriente sería igual a la tensión de suministro dividida entre la resistencia del electrodo (aproximadamente). F) Resistencia Mecánica Todo conductor de puesta a tierra deberá tener resistencia mecánica adecuada para las condiciones a que esté sometido, dentro de los límites razonables. Además los conductores de puesta a tierra sin protección deberán tener una resistencia a la tensión no menor que la del área de sección transversal de 8.37 mm2 (No. 8 AWG) de cobre suave. G) Protección de conductores de puesta a tierra. 1) Los conductores de puesta a tierra para sistemas conectados a tierra en un solo punto y aquellos conductores expuestos a daño mecánico deberán protegerse. Sin embargo no requieren protegerse donde no estén fácilmente accesibles al público, ni donde conecten a tierra circuitos o equipo con múltiples conexiones a tierra. 2) Cuando se requiera protección, los conductores de puesta a tierra deberán protegerse por medio de protectores adecuados al riesgo razonable a que estén expuestos. Se recomienda que los protectores se extiendan por los menos 2.50m arriba del suelo o plataforma en que los conductores son accesibles al público. 3) Los protectores para conductores de puesta a tierra de equipo de protección contra descargas atmosféricas, deberán ser de material no magnético, si envuelven completamente al conductor o si no están unidos en ambos extremos al propio conductor de puesta a tierra. 4) El conductor de Puesta a tierra debe ser de la misma sección, por lo menos, que los de la red de tierra. 

Art. 62. Electrodos de puesta a tierra. Cuando se utilicen electrodos artificiales, estos deberán penetrar, tanto como sea posible por debajo de un nivel de humedad permanente. El electrodo de puesta a tierra deberá ser permanente y adecuado para el sistema eléctrico de que se trate. En todos los casos, los electrodos de puesta a tierra deberán ser de cobre u otros metales o aleaciones que minimicen la corrosión durante su vida útil prevista. Toda la superficie externa de los electrodos deberá ser conductora, esto es, que no tenga pintura, esmalte u otra cubierta aislante. La cantidad y tamaño de los electrodos a seleccionar deberá considerar sus limitaciones de descarga de corriente y no deberán ser menores de 2.40 m de longitud y 12.7 mm de diámetro. La separación entre electrodos debe ser por lo menos igual a la longitud de los mismos.

Art. 63. Medios de conexión a electrodos. Hasta donde sea posible, las conexiones a los electrodos deberán ser accesibles. Los medios para hacer estas conexiones deberán proveer la adecuada sujeción mecánica, permanencia y capacidad de conducción de corriente, tal como los siguientes: 63.1. Una abrazadera, accesorios o soldadura permanentes y efectivos. 63.2. Un conector de bronce con rosca, que penetre bien ajustado en el electrodo. 

63.3. Los electrodos artificiales o las estructuras conectadas a tierra deberán separarse por lo menos 3.00 m de líneas de tuberías usadas para la transmisión de líquidos o gases inflamables que operen a altas presiones (10.5 kglcm2 ó más), a menos que estén unidos eléctricamente y 59 protegidos catódicamente como una sola unidad. 

63.4. Cualquier recubrimiento de material no conductor, tal como esmalte ó moho que esté presente sobre las superficies de contacto de electrodos en el punto de la conexión, deberá ser removido completamente donde se requiera, a fin de conservar una buena conexión. 


Art. 64. Resistencia a Tierra. El sistema de tierras deberá consistir de uno o más electrodos conectados entre sí. Este sistema deberá tener una resistencia a tierra suficientemente baja, para minimizar los riesgos a las personas, en función de la tensión de paso y de contacto.

 64.1. Sistema de un solo electrodo. La resistencia a tierra de una conexión individual a través de un electrodo deberá ser lo más cercana a cero ohmios, y en ningún caso deberá ser mayor de 25 Ohmios. Cuando la resistencia es mayor de 25 ohmios, deberán usarse dos o más electrodos hasta alcanzar este valor. El valor citado, es el máximo admisible medido en época seca. 

64.2. Sistemas multiaterrizados. El neutro de los sistemas de distribución de energía eléctrica deberá estar conectado a un electrodo de puesta a tierra en cada transformador de distribución y a un número suficiente de puntos adicionales, de tal manera que se tenga no menos de cuatro conexiones a tierra en cada 1.6 Km. de línea, sin incluir las conexiones a tierra de los usuarios. 

64.3. Sistema subterráneo. Para instalaciones subterráneas el valor recomendado de resistencia a tierra es de 5 ohmios. 

64.4. Subestaciones. El objetivo es que el máximo incremento de potencial a tierra sea menor de 5,000 voltios. La Tabla Nº 22 da los valores máximos permitidos de la resistencia de la red de tierras en una subestación, en función de su capacidad.

64.5. Mantenimiento: Cuando se haya utilizado un tratamiento de sales, sulfatos o cloruros, para reducir la resistividad del suelo, deberá revisarse periódicamente los valores de resistividad y reestablecer los valores originales cuando lo amerite. La empresa distribuidora deberá llevar un registro de las subestaciones en cuya red de tierra se haya utilizado tratamientos químicos.